Julio de 2018

Decreto 948 de 2018 define nuevos plazos para el uso de la planilla electrónica en los pagos de Seguridad Social

El Decreto 948 de 2018, el cual entró en vigencia a partir del 31 de mayo de 2018, modificó el Decreto 1765 de 2017, en lo referente a los plazos para la utilización obligatoria de la planilla electrónica.

El Ministerio de Salud y Protección Social definió este cambio con el fin de que los aportantes conozcan y se adecuen a la utilización de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, por lo anterior, miplanilla.com pone en su conocimiento las nuevas fechas en las cuales debe realizar el cambio de pagos asistidos a electrónicos, de acuerdo con su condición como aportante.

Empresas

Los aportantes y los pagadores de pensiones cuyo número de cotizantes y/o pensionados se encuentren en la siguiente tabla, deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:

Rango de cotizantes Obligatoriedad uso planilla electrónica
20 o más cotizantes 6 de marzo de 2017
10 a 19 cotizantes 1 de marzo de 2018
8 y 9 cotizantes 1 de junio de 2018
6 y 7 cotizantes 1 de noviembre de 2018
5 cotizantes 1 de marzo de 2019
4 cotizantes en municipios distintos de categoría 5 y 6 1 de marzo de 2019
3 cotizantes en municipios distintos de categoría 5 y 6 1 de mayo de 2019

Sin embargo, aquellos aportantes y pagadores de pensiones que cuenten con 1 o 2 cotizantes y aquellos en los municipios de categorías 5 y 6 que cuenten con hasta 4 cotizantes, podrán utilizar cualquier modalidad de planilla, electrónica asistida.

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