Misiones diplomáticas, consulares o de organismos multilaterales no sometidos a la legislación colombiana
Solo podrá ser utilizado por personas jurídicas que sean misiones diplomáticas, consulares o de organismos multilaterales, para realizar exclusivamente la liquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales de los miembros de la carrera diplomática o consular de un país extranjero o funcionario de organismo multilateral no sometido a la legislación colombiana y de sus empleados a cargo.