Marzo de 2019
El Ministerio de Salud y Protección Social definió en la Resolución 5306 de 2018 los nuevos plazos para la implementación de las validaciones de los tipos y subtipos de cotizantes sin aporte a pensión.
La Resolución 5306 de 2018 modificó el artículo 3 de la Resolución 3559 de 2018 con respecto a los plazos de implementación de la validación del tipo de cotizante "56. Pre - pensionado con aporte voluntario en salud" y de los subtipos de cotizantes: "3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad" y "4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión" en la liquidación de la seguridad social, lo anterior, con el propósito de controlar la evasión de cotizaciones al Sistema General de Pensiones.
Las validaciones para el uso del tipo de cotizante "56 - Pre - pensionado con aporte voluntario en salud" y del subtipo de cotizante "3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad" (mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años, que no hayan estado afiliados al Sistema General de Pensiones) aplicarán para los pagos que se realicen a partir del 1° de abril de 2019 y que correspondan al periodo de pago marzo de 2019 en adelante.
Las validaciones para el uso del Subtipo de cotizante "4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión" (personas que han cumplido con los requisitos mínimos de ley para el reconocimiento de la pensión de vejez), aplicarán para los pagos que se realicen a partir del 1° de julio de 2019 y que correspondan al periodo de pago junio de 2019 en adelante.
Tenga en cuenta que el uso de las condiciones anteriormente mencionadas se validará con las bases enviadas por el Ministerio de Salud y Protección Social y actualizadas a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones. En caso de cumplir con los requisitos y no figurar en la base de datos, debe gestionar su inclusión directamente con su administradora de pensiones.
Por el contrario si no cumple con el requisito definido por ley debe generar la liquidación con el aporte a pensión. Si tiene inquietudes al respecto o requiere realizar correcciones por esta validación, haga clic aquí.
Si tiene alguna duda adicional puede consultar el ABECÉ; expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social