Junio de 2019

Plan Nacional de Desarrollo: conozca cómo deben cotizar sus contratistas

El pasado 25 de mayo en la ciudad de Valledupar se firmó el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, fue construido con la participación de todos los sectores sociales, que priorizaron proyectos para mejorar sus condiciones de vida.

El contenido se publicó de forma oficial a través de la Ley 1955 de 2019, en esta norma se ratificó la obligación de realizar las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social para trabajadores independientes.

Esto incluye a los independientes por cuenta propia, los que celebren contratos de prestación de servicios personales, o aquellos que manejan contratos diferentes a los de servicios personales.

Según lo definido en el artículo 244 cotizarán mes vencido, sobre una base mínima del 40% de sus ingresos mensualizados sin que esto sea inferior a un salario mínimo legal vigente.

Asimismo, es necesario señalar que el artículo 336 del mismo documento, señala expresamente la derogación del artículo 135 de la Ley 1753, antiguo Plan Nacional de Desarrollo, sobre ese artículo se sustenta el Decreto 1273 de 2018 donde se reglamentó el proceso de retención de aportes para contratistas por prestación de servicios personales.

Es importante aclarar que a la fecha no se han expedido resoluciones que impliquen cambios en la planilla integrada de liquidación de aportes - PILA, por tanto, es recomendable que sus contratistas continúen realizando sus aportes de Seguridad Social de forma habitual para que no se presenten inconvenientes con la prestación de los servicios.

Finalmente, el Gobierno Nacional deberá reglamentará los artículos de esta Ley, a través de Decretos reglamentarios, una vez se generen miplanilla.com informará de manera oportuna los cambios que se puedan presentar en la liquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social.

Si desea consultar la Ley 1955 de 2019 consúltela aquí.